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Contrato Programa
Consejería de Salud - Servicio Andaluz de Salud 2010-2013
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1. INTRODUCCIÓN
Por otra parte, la madurez de la organización sanitaria, permite ahora inci-
dir de manera más acusada en los objetivos estratégicos, simplificando la
formulación del Contrato Programa y favoreciendo una mayor autonomía
y flexibilidad al Servicio Andaluz de Salud, tanto en sus Centros sanitarios
como en sus Unidades de Gestión Clínica, para establecer los mecanismos
que permitan alcanzar esos objetivos.
1.3.
Responsabilidad de la Consejería de Salud
La Consejería de Salud, en virtud de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de
Andalucía, en el marco de la acción política fijada por el Consejo de Gobierno,
ejercerá las funciones de ejecución de las directrices y los criterios gene-
rales de la política de salud y consumo, planificación y asistencia sanitaria,
asignación de recursos a los diferentes programas y demarcaciones terri-
toriales, alta dirección, inspección y evaluación de las actividades, centros
y servicios sanitarios y aquellas otras competencias que le estén atribuidas
por la legislación vigente.
Para el ejercicio de sus funciones, la Consejería de Salud no sólo ha de desa-
rrollar políticas en materia de salud, teniendo en cuenta el Plan Andaluz de
Salud como elemento director de las políticas de salud de la Junta de Andalu-
cía, sino que también ha de crear y activar los instrumentos necesarios para
su efectiva puesta en marcha por el conjunto de organismos instrumentales
para la provisión de servicios de salud.
Además, estos instrumentos han de permitir su evaluación, en coherencia
con el Plan de Calidad del Sistema Sanitario Público de Andalucía, referente
estratégico esencial para la construcción de un Servicio Sanitario Público de
excelencia orientado a satisfacer las necesidades y expectativas de la ciuda-
danía desde un modelo de organización basado en la participación y el lide-
razgo profesional.