Page 26 - Monsalves

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ra portante, forjados, cubiertas, estancias de valor singular, elementos singulares de
valor, elementos ornamentales, jardines interiores, etc. En esta categoría de edificios
se permite las obras tendentes a la buena conservación del patrimonio edificado, y
además, las obras de reforma menor destinadas a la adaptación a nuevos usos.
Se incluyen a continuación, a título de información acerca del marco urbanístico,
algunas observaciones sobre el Nuevo Plan General de Ordenación Urbanística de
Sevilla. Una vez alcanzada su Aprobación Definitiva en julio de 2006 como revi-
sión del Plan General de Ordenación Urbanística de Sevilla, y entrando en vigor
con su publicación en el mes de septiembre, incluye determinaciones relativas al
complejo del Palacio de Monsalves-antigua Biblioteca, pues entre otras cuestiones,
constituye el Catálogo General del Patrimonio Edificado del Plan General de Sevilla.
Para el sector 8 se asume cautelarmente la catalogación realizada en el ámbito por
el Plan General de 1987, que había hecho luego suya el Plan Especial, para el caso
que ocupa a este estudio
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.
En la Memoria de Ordenación del Nuevo Plan General se establecen las prescrip-
ciones para los inmuebles de Nivel B: Protección Global:
“Es el asignado a aquellos edificios que por su carácter monumental y singular y
por razones histórico-artísticas, la conservación de sus características arquitectónicas
originales se hace necesaria y puede ser compatible con un cambio de uso.
Condiciones particulares de edificación:
Obras tendentes a la buena conservación del patrimonio edificado y, además, las
obras de reforma menor. En todo caso deberán mantenerse todos los elementos
arquitectónicos que configuren el carácter singular del edificio, y las condiciones
particulares establecidas en la ficha de catalogación correspondiente.
Podrán demolerse los cuerpos de obra añadidos que desvirtúen la unidad arqui-
tectónica original.
Los edificios y construcciones en este nivel de protección deberán ser objeto de
restauración total si por cualquier circunstancia se arruinasen o demolieren.
Excepcionalmente, y para usos de interés público, se podrán admitir obras de re-
construcción y/o ampliación, siempre que estén identificadas en la ficha corres-
pondiente y previa redacción de un Estudio de Detalle”
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.
Por otra parte, en el plano de Ordenación Pormenorizada que incluye al palacio y
la antigua Biblioteca, se fijan las alineaciones –se conservan las ya existentes– y
se especifica como uso global y pormenorizado el Dotacional, Servicio de Interés
Público Social, como zona de ordenanza del suelo urbano la de Centro Histórico y
como determinación complementaria su consideración como Sistema General
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.
En la Ordenación Estructural del Centro Histórico, para el sector 8, Encarnación-
Magdalena. Ordenación Directa, se prevén una serie de actuaciones urbanísticas
–hasta seis– más un cambio de calificación de ordenanza para cuatro equipamien-
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Palacio de Monsalves
Historia del edificio y sus moradores