ESTATUTO DE AUTONOMÍA PARA ANDALUCÍA - page 11

Estatuto de Autonomía para Andalucía
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y cooperación institucional. Se trata, pues, de un proceso de moderniza-
ción del Estado de las Autonomías que sólo es posible desde una visión
global y plural de España que Andalucía siempre ha tenido.
Hoy, como ayer, partimos de un principio básico, el que planteó Anda-
lucía hace 25 años y que mantiene plenamente su vigencia: Igualdad no
significa uniformidad. En España existen singularidades y hechos dife-
renciales. Andalucía los respeta y reconoce sin duda alguna. Pero, con la
misma rotundidad, no puede consentir que esas diferencias sirvan como
excusas para alcanzar determinados privilegios. Andalucía respeta y res-
petará la diversidad pero no permitirá la desigualdad ya que la propia
Constitución Española se encarga de señalar en su artículo 139.1 que
todos los españoles tienen los mismos derechos y obligaciones en cual-
quier parte del territorio del Estado.
El grado de desarrollo económico, social y cultural de Andalucía ha sido
posible gracias al Estatuto de Autonomía. Un texto que ha favorecido la
convivencia armónica, el desarrollo político, social y económico de esta
tierra y la recuperación de la autoestima de un pueblo que hoy tiene voz
propia en el Estado de las Autonomías, tal y como establece la Constitu-
ción Española de 1978.
Se trata, en definitiva, de conseguir un Estatuto para el siglo
xxi
, un
instrumento jurídico que impulse el bienestar, la igualdad y la justi-
cia social, dentro del marco de cohesión y solidaridad que establece la
Constitución.
Por ello, y como expresión de su voluntad colectiva representada políti-
camente a través del Parlamento, el pueblo andaluz ratifica el presente
Estatuto de Autonomía de Andalucía, como renovación del compromiso
manifestado el 28-F de 1980.
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